miércoles, 15 de febrero de 2012

Pesca en caladeros internacionales

A principios de los 60 la pesca española dio un paso hacia delante. Coincidiendo con la disminución de capturas en las zonas costeras y con la aparición de la tecnología de aplicación de frío a las capturas, se comenzó a descubrir y explotar caladeros alejados y, hasta aquel momento, desconocidos. Primero fue la merluza en aguas argentinas y surafricanas, después los cefalópodos en el banco sahariano, el calamar del Atlántico noroeste, gambas en Angola, etc.
Se conformó, en aquel momento, una importante flota industrial que trabaja en los distintos caladeros de las aguas internacionales. Y se desarrolló una no menos importante industria asociada: una congeladora y otra conservera que componen uno de los tejidos industriales más importantes del país.
Pero los caladeros, como cualquier recurso natural, están sujetos a las leyes de la naturaleza, algo que hay que tener en cuenta a la hora de su conservación. Y todo esto no exento de toda clase de problemas político-económicos relacionados con la soberanía de las aguas, convenios entre países y conflictos diplomáticos.
Ahora mismo tenemos una situación peliaguda en el caladero del Indico.
Deberíamos saber el significado de Pirata, pero también el de Corsario.
La piratería es una práctica de saqueo organizado o bandolerismo marítimo, probablemente tan antigua como la navegación misma. Consiste en que una embarcación privada o una estatal amotinada ataca a otra en aguas internacionales o en lugares no sometidos a la jurisdicción de ningún Estado, con el propósito de robar su carga, exigir rescate por los pasajeros, convertirlos en esclavos y muchas veces apoderarse de la nave misma. Su definición según el Derecho Internacional puede encontrarse en el artículo 101 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.
Junto con la actividad de los piratas que robaban por su propia cuenta por su afán de lucro, cabe mencionar los corsarios, un marino particular contratado que servía en naves privadas con patente de corso para atacar naves de un país enemigo. La distinción entre pirata y corsario es necesariamente parcial, pues corsarios como Francis Drake o la flota francesa en la Batalla de la Isla Terceira fueron considerados vulgares piratas por las autoridades españolas, ya que no existía una guerra declarada con sus naciones. Sin embargo, el disponer de una patente de corso sí ofrecía ciertas garantías de ser tratado como soldado de otro ejército y no como un simple ladrón y asesino; al mismo tiempo acarreaba ciertas obligaciones

De aqui nos hemos informado sobre todo esto de las aguas internaciones, problemas, piratería.... http://lamilana.wordpress.com/2009/11/08/la-pesca-en-caladeros-internacionales/

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